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22 jul 2012

 Visión 7 Informe Central - 20 de Julio 2012
   
SOCIEDAD › UNOS VEINTE CHICOS NACIDOS EN FAMILIAS COMATERNALES RECIBIERON AYER SU PARTIDA DE NACIMIENTO

Con los mismos derechos que los demás.

Son los primeros en la Ciudad de Buenos Aires, que se suman a los de las provincias de Neuquén y Buenos Aires. El trámite, posible por decreto presidencial, puede hacerse en forma gratuita en el plazo de un año.
Desde ayer, alrededor de 20 chicos nacidos antes de la sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario en familias formadas por mujeres tienen los mismos derechos que los niños inscriptos luego de promulgada la norma, gracias a que un decreto presidencial habilitó la emisión de partidas de nacimiento con los nombres de sus dos madres. La documentación se entregó durante una ceremonia en la sede central del Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires.
La medida, de orden administrativo y gratuita, fue posible por el decreto presidencial 1006/2012, impulsado por el ministro del Interior Florencio Randazzo, en diálogo con el colectivo LGBT. Con la inscripción igualitaria de este grupo de niñas y niños, la Ciudad de Buenos Aires se suma a otras dos jurisdicciones (las provincias de Neuquén y Buenos Aires) en la implementación del DNU que pone fin a la situación de vulnerabilidad de derechos de cientos de niños y niñas. Silvina Maddaleno, integrante de 100% Diversidad y Derechos y madre de trillizos cuyos derechos fueron reconocidos con la nueva inscripción, evaluó como “histórica” la medida, “largamente esperada por las familias comaternales en todo el país”.
El reconocimiento legal de ambas madres permitirá la circulación y la toma conjunta de decisiones médicas y educativas, derechos hereditarios y licencias por enfermedad de los hijos; permitirá también que accedan a las previsiones sociales y garantizará la continuidad del vínculo en caso de separación o muerte de una de ellas. Además, reconoce legalmente el vínculo con sus familias extendidas: abuelas y abuelos, tíos, tías, primos. La solución no es judicial sino administrativa, gratuita y permite la inscripción de los hijos en el acta de nacimiento y en la libreta de casamiento, lo que permite emitir el DNI en las mismas condiciones de inscripción filial.
“El decreto se logró porque hubo una verdadera urgencia en lograr para nuestros hijos los mismos derechos que tenían los demás chicos”, había explicado Maddaleno al salir del Registro Civil. Su pareja, Andrea Majul, calificó el día de “histórico, el primero del resto de nuestras vidas, porque nuestros hijos tienen los mismos derechos que cualquier chico de cualquier otra familia”. Ahora, explicó, “están protegidos para todas las cosas de la vida cotidiana que hagan falta. El nombre de sus dos mamás, no sólo el de una de ellas, está en sus documentos. Ellos tienen dos mamás, la historia familiar continúa como siempre, sólo que ahora van a tener toda la protección que les da la ley”.
De acuerdo con datos del Censo 2010, en el país hay al menos 24.228 hogares compuestos por parejas del mismo sexo, 4960 de ellos integrados por mujeres a cargo de hijos e hijas. “Esto es inmenso. Pudimos casarnos en 2010 no bien salió la Ley de Matrimonio Igualitario, pero la nena había quedado en veremos. Ahora tengo derechos sobre mi hija. Estoy muy agradecida”, aseguró Marina, la mamá no gestante de una chiquita de 9 años. En su primer artículo, el decreto establece un año de plazo “para completar la inscripción del nacimiento de niños menores de 18 años de matrimonios conformados por dos mujeres y nacidos con anterioridad a la sanción de la Ley Nº 26.618”. En todos los casos, la inscripción se realizará mediante un trámite administrativo.
http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-199156-2012-07-21.html
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Tiempo Argentino
21.07.2012 | La ceremonia se realizó en el registro civil de la ciudad de Buenos Aires

Una veintena de chicos con dos mamás recibieron sus partidas

Son menores que no fueron alcanzados por la Ley de Matrimonio Igualitario. Un decreto posterior a esa norma igualó sus derechos.

Más de veinte niños y niñas recibieron sus nuevas partidas de nacimiento con ambas madres legalmente reconocidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los niños y niñas tienen entre 2 y 10 años y, a partir del decreto firmado por la presidenta Cristina Fernández, accedieron a los mismos derechos que los niños inscriptos a partir de la Ley de Matrimonio Igualitario. La ceremonia se realizó en el Registro Civil de la ciudad de Buenos Aires y contó con la presencia de familias beneficiarias, funcionarios del Registro Civil de Ciudad Autónoma e integrantes de las organizaciones Lesmadres y 100% Diversidad y Derechos. Con este acto la ciudad de Buenos Aires se suma a otras dos jurisdicciones en la implementación del DNU Nº1006/2012 que pone fin a la situación de vulnerabilidad de derechos de cientos de niños y niñas. Silvina Maddaleno, integrante de 100% Diversidad y Derechos sostuvo: "Se trata de una medida histórica, largamente esperada por las familias comaternales en todo el país." Es una solución federal, administrativa y masiva, que ya comenzó a implementarse en las provincias de Neuquén y Buenos Aires. Florencia Gemetro, integrante de Lesmadres, expresó: "El reconocimiento legal de ambas madres permitirá la protección y la continuidad de los vínculos familiares en caso de separación o muerte de una de las madres. También garantizará la circulación y la toma conjunta de decisiones médicas y educativas, derechos hereditarios y licencias por enfermedad de los hijos." Además, continuó Gemetro, "reconoce legalmente el vínculo con sus familias extendidas: abuelas y abuelos, tíos, tías y primos". El DNU 1006/2012 establece un año de plazo "para completar la inscripción del nacimiento de niños menores de 18 años de edad de matrimonios conformados por dos mujeres y nacidos con anterioridad a la sanción de la Ley Nº 26.618” (Artículo 1). La misma se realizará mediante un trámite administrativo en las sedes de los Registros de Estado Civil y Capacidad de las Personas y, para efectivizar la inscripción, ambas cónyuges deberán manifestar pleno consentimiento. «
http://tiempo.infonews.com/2012/07/21/sociedad-81580-una-veintena-de-chicos-con-dos-mamas-recibieron-sus-partidas.php
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Chicos con dos mamás reciben sus nuevas partidas de nacimiento

Tienen entre 3 y 10 años; ahora ambas madres están legalmente reconocidas; la historia de Juan, uno de los 20 chicos que estrena dos apellidos

Juan tiene 5 años. Desde que nació, sus mamás Gabriela y Eliana, casadas desde octubre de 2010, pedían que su hijo tuviera los mismos derechos que todos los demás: una partida de nacimiento que reconociera legalmente a ambas madres. Hoy es el día: como él, más de 20 niños y niñas de entre 3 y 10 años reciben sus nuevas partidas y, en pocos días, un DNI rectificado. Gabriela acaba de llegar del Registro Civil cuando conversa con LA NACION . "Firmamos las nuevas partidas. Figura el lugar para las dos madres; se lee 'hijo de' y 'de'. Nosotras agregamos mi apellido", cuenta entusiasmada, orgullosa. "Más que pensar en nosotras, me emociona saber que nuestros hijos van a tener nuevos derechos". Cuenta que fue tan esperado este momento, que tenía tanta ansiedad por que llegara que le pareció una eternidad. "Pensé que no lo íbamos a poder anotar nunca como hijo de las dos". Según el Censo 2010, en el país hay al menos 24.228 hogares compuestos por parejas del mismo sexo (homoparentales), 4960 integrados por parejas de mujeres a cargo de hijos e hijas. Desde que se aprobó la ley de matrimonio igualitario, los niños inscriptos por estas parejas legalmente casadas, tienen ese aval. El tema es que Juan, al igual que otros cientos de chicos que nacieron antes del 14 de julio de 2010, quedaban fuera de esta protección, medida que quedó revertida el 2 de julio pasado cuando la Presidenta Cristina Kirchner firmó el decreto de necesidad y urgencia (DNU Nº1006/2012) para igualar los derechos. Esta es una solución federal, administrativa y masiva que ya comenzó a implementarse en las provincias de Neuquén y Buenos Aires. El lunes pasado, en La Plata, Mónica Rolón y Vanessa Salías recibieron las partidas rectificadas de sus hijas Ambar y Victoria, de dos años, que se apellidan Rolón Salías.

Más que un papel

Tener una nueva partida no es sólo una rectificación de un papel: la implicancia del reconocimiento legal de ambas madres permite la circulación y la toma conjunta de decisiones médicas y educativas, derechos hereditarios y licencias por enfermedad de los hijos; permite, también, que accedan a las previsiones sociales y que garantice la continuidad del vínculo en caso de separación o muerte de una de ellas. En ese mismo acto, también se reconoce legalmente el vínculo con sus familias extendidas, como abuelas y abuelos, tíos y tías, primos, etc. Los trillizos Jazmín, Abril y Santiago, hijos de Silvina Maddaleno y Andrea Majul activistas en 100% Diversidad y Derechos, también tienen desde hoy sus partidas rectificadas. Ellas son pareja hace 20 años y se casaron en 2010. Sus hijos, con cuatro años y medio, recién ahora serán reconocidos legalmente por las dos madres. "La mayoría de las mamás decidió ponerle los dos apellidos aunque formalmente no haga falta. Tiene un significado extra después de años de tanta invisibilidad", explica. Y también habla de las mil razones cotidianas por las cuales sus vidas familiares serán diferentes. "Uno lo siente en las pequeñas cosas. Cada año yo tenía que firmar una autorización para que Andrea, su mamá, los pueda retirar de la escuela", relata. Son los pequeños gestos de discriminación que serán sólo un recuerdo.

Qué establece el decreto

La firma del DNU fue solicitada por 100% Diversidad y Derechos y Lesmadres e impulsada por el ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo. Está fundada en "estrictas razones de igualdad ante la ley" y en la "urgencia de evitar las excesivas demoras que padecen muchísimos niños, niñas y adolescentes para acceder a su completa inscripción, con todos los perjuicios que tal circunstancia les acarrea y la restricción al ejercicio de sus derechos constitucionalmente protegidos", según expresan los considerandos de la nueva normativa. El DNU establece un año de plazo "para completar la inscripción del nacimiento de niños menores de DIECIOCHO (18) años de edad de matrimonios conformados por DOS (2) mujeres y nacidos con anterioridad a la sanción de la Ley Nº 26.618" (Artículo 1). La misma se realizará mediante un trámite administrativo en las sedes de los Registros de Estado Civil y Capacidad de las Personas y, para efectivizar la inscripción, ambas cónyuges deberán manifestar pleno consentimiento.. Cómo inscribirse en el registro de familias diversas Lesmadres y 100% Diversidad y Derechos invitan a todas las familias a inscribirse en el Registro Nacional de Familias LGTB con hijos e hijas ingresando en este sitio web. De este modo se intenta garantizar que este DNU llegue a todos los niños y niñas que lo necesiten.

http://www.lanacion.com.ar/1492015-chicos-con-dos-mamas-reciben-sus-nuevas-partidas-de-nacimiento

17 jul 2012

Se inscribieron a las dos primeras niñas con dos mamás nacidas antes del matrimonio igualitario

Fue en la Provincia de Buenos Aires a dos años del Matrimonio Igualitario 

En un emotivo acto la Provincia de Buenos Aires entregó hoy las primeras partidas de nacimiento de dos niñas nacidas antes del matrimonio igualitario. Las mellizas ahora están legalmente reconocidas por sus dos madres. La medida fue posible luego de que la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner firmara el Decreto de Necesidad y Urgencia que iguala los derechos de las niñas y niños de parejas de mujeres nacidos antes de la sanción de la ley de matrimonio igualitario, el pasado 2 de Julio.


 En la Ciudad de La Plata el SubSecretario de Gabinete de la Provincia de Buenos Aires, Juan Pablo Álvarez Echague, entregó a Mónica Rolon y Vanesa Salias las partidas de nacimiento de sus hijas Victoria y Ambar nacidas antes de la puesta en vigencia del matrimonio igualitario. Las niñas que ahora llevan los apellidos de sus dos mamás también tramitaron su DNI “Año Cero”. Así comenzó, en el principal distrito del país, la implementación del DNU Nº1006/2012 que pone fin a la situación de vulnerabilidad de cientos de niños y niñas en nuestro país.
El acto contó también con la presencia de la Directora General del Registro Civil de la Provincia de Buenos Aires, la Dra. Claudia Corrado, Martín Canevaro , Silvina Maddaleno y Eliana Della Maggiora de 100% Diversidad y Derechos  y Florencia Gemetro de Lesmadres.  La implementación del DNU de Reconocimiento Igualitario beneficiará a cientos de niños y niñas que ahora tendrán a sus dos madres legalmente reconocidas, es una medida histórica y largamente esperada por cientos de familias en todo el país.
De esta forma, nuestros niños y niñas comienzan a acceder a los mismos derechos que el resto. La inscripción con ambas madres legalmente reconocidas permitirá que nuestros hijos accedan a las previsiones sociales y garantizará la continuidad del vínculo en caso de separación o muerte de una de ellas. También permitirá la circulación y la toma conjunta de decisiones médicas y educativas, derechos hereditarios y licencias por enfermedad de los hijos, entre otros. Y reconoce legalmente el vínculo con sus familias extendidas: abuelas y abuelos, tíos, tías, primos, etc.


La firma del DNU fue solicitada por Lesmadres y 100% Diversidad y Derechos e impulsada por el Ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo. Está fundada en “estrictas razones de igualdad ante la ley” y en la “urgencia de evitar las excesivas demoras que padecen muchísimos niños, niñas y adolescentes para acceder a su completa inscripción, con todos los perjuicios que tal circunstancia les acarrea y la restricción al ejercicio de sus derechos constitucionalmente protegidos”, según expresan los considerandos de la nueva normativa.
El DNU establece un año de plazo “para completar la inscripción del nacimiento de niños menores de DIECIOCHO (18) años de edad de matrimonios conformados por DOS (2) mujeres y nacidos con anterioridad a la sanción de la Ley Nº 26.618” (Artículo 1). La misma se realizará mediante un trámite administrativo en las sedes de los Registros de Estado Civil y Capacidad de las Personas y, para efectivizar la inscripción, ambas cónyuges deberán manifestar pleno consentimiento.
Después de que se conocieran los datos sobre familias LGTB del CENSO 2010, el cual registro al menos 24.228 hogares compuestos por parejas del mismo sexo, de las cuales al menos 4.960 son hogares compuestos por parejas de mujeres a cargo de hijos e hijas se espera que cientos de niños y niñas tengan a sus dos madres legalmente reconocidas en las próximas semanas.
Invitamos a todas las familias a inscribirse en el Registro Nacional de Familias LGTB con hijos e hijas, ingresando a:

http://www.reconocimientoigualitario.blogspot.com.ar  para garantizar que este DNU llegue a todos nuestros hijos e hijas.

100% Diversidad y Derechos y Lesmadres participaron del Acto en el que se firmó el DNU que equipara los derechos de nuestros hijos nacidos antes de la Ley de Matrimonio Igualitario con los nacidos después

 Lesmadres junto a 100% Diversidad y Derechos participaron del Acto del 2 de Julio en la Casa Rosada en el que la Presidenta Cristina Fernandez de Kirchner firmó la reglamentación de la Ley de Identidad de Género y el DNU que equipara los derechos de los hijos e hijas de familias comaternales nacidos antes de la sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario con los nacidos después. También se hizo entrega de los primeros de DNI de Identidad de Género y los DNI "Año cero" de hijos de familias comaternales



AQUI EL TEXTO DEL DNU QUE FIRMARA EL 2 DE JULIO LA PRESIDENTA CRISTINA FERNANDEZ DE KIRCHNER

MATRIMONIO CIVIL
Decreto 1006/2012
Inscripción del nacimiento de hijos menores de matrimonios de personas del mismo sexo nacidos con anterioridad a la sanción de la Ley Nº 26.618.
Bs. As., 2/7/2012
VISTO el Expediente Nº S02:0010030/2010 del registro del ex MINISTERIO DEL INTERIOR y las Leyes Nº 18.248, Nº 26.413 y Nº 26.618, y CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 26.413, se estableció que todos los actos o hechos que den origen, alteren o modifiquen el estado civil y la capacidad de las personas deberán inscribirse en los correspondientes registros de las Provincias, de la Nación, y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que el artículo 36, inciso c), de la Ley Nº 26.413, sustituido por el artículo 36 de la Ley Nº 26.618, garantiza que la inscripción de niños de matrimonios entre personas del mismo sexo preserve sus relaciones familiares con ambas cónyuges.
Que el artículo 4° de la Ley Nº 18.248, sustituido por el artículo 37 de la Ley Nº 26.618, establece la forma en que se inscribirá el apellido de los hijos matrimoniales de cónyuges del mismo sexo.
Que las referidas modificaciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Nº 26.618 se ajustan a la cláusula complementaria de aplicación del artículo 42 de la mencionada ley, que otorga los mismos derechos y obligaciones a los integrantes de las familias cuyo origen sea un matrimonio constituido por DOS (2) personas del mismo sexo o por DOS (2) personas de distinto sexo.
Que debe considerarse la situación de aquellos hijos de matrimonios de personas del mismo sexo nacidos con anterioridad a la sanción de la Ley Nº 26.618, por lo que por estrictas razones de igualdad ante la ley resulta procedente establecer, con carácter de excepción, un régimen de inscripción en sede administrativa que contemple su situación.
Que de no disponerse el procedimiento señalado, habría familias con hermanos en la misma situación pero con distinta inscripción y consecuente menoscabo de sus derechos. Que desde un aspecto normativo y valorativo, debe propenderse a la facilitación y remoción de obstáculos para la procedencia de la inscripción de los hijos de matrimonios de personas del mismo sexo nacidos con anterioridad a la sanción de la Ley Nº 26.618, en forma análoga a los niños nacidos con posterioridad. Que el régimen de excepción aludido será aplicable únicamente para aquéllos casos en que no existiere una filiación paterna previa.
Que es función del Estado asegurar al niño la protección necesaria para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes que deben asumir sus padres como responsables de él ante la ley y, en consecuencia, tomar todas las medidas administrativas necesarias para que la aplicación de la Ley Nº 26.618 sea conforme al interés superior del niño y al respeto de sus derechos, de acuerdo con las modificaciones en ella dispuestas, en cuanto obligan a ambas cónyuges a asumir los derechos y obligaciones para con sus hijos.
Que la presente medida encuentra fundamento en la urgencia de evitar las excesivas demoras que padecen muchísimos niños, niñas y adolescentes para acceder a su completa inscripción, con todos los perjuicios que tal circunstancia les acarrea y la restricción al ejercicio de sus derechos constitucionalmente protegidos.
Que la naturaleza excepcional de la situación planteada hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos en la CONSTITUCION NACIONAL, para la sanción de las leyes. Que la Ley Nº 26.122 regula el trámite y los alcances de la intervención del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN respecto de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 3, de la CONSTITUCION NACIONAL. Que la citada ley determina que la Comisión Bicameral Permanente tiene competencia para pronunciarse respecto a la validez o invalidez de los Decretos de Necesidad y Urgencia, así como elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de DIEZ (10) días hábiles. Que el artículo 22 de la Ley Nº 26.122 dispone que las Cámaras se pronuncien mediante sendas resoluciones y que el rechazo o aprobación de los decretos deberá ser expreso conforme lo establecido en el artículo 82 de la Carta Magna. Que han tomado intervención los servicios permanentes de asesoramiento jurídico de los organismos competentes.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades que le otorga el artículo 99, inciso 3, de la CONSTITUCION NACIONAL, y de acuerdo con los artículos 2°, 19 y 20 de la Ley Nº 26.122. Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS DECRETA:
Artículo 1° — Establécese por el término de UN (1) año, contado a partir de la publicación del presente decreto y con carácter excepcional, prorrogable por UN (1) año más, un trámite administrativo para completar la inscripción del nacimiento de niños menores de DIECIOCHO (18) años de edad de matrimonios conformados por DOS (2) mujeres y nacidos con anterioridad a la sanción de la Ley Nº 26.618, de acuerdo con los términos establecidos por el artículo 36, inciso c) de la Ley Nº 26.413, sustituido por el artículo 36 de la citada Ley.
Art. 2° — La inscripción se hará por ante el REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS.
Art. 3° — Ambas cónyuges deberán manifestar expresamente su pleno consentimiento a la inscripción en los términos del artículo 36, inciso c), de la Ley Nº 26.413, sustituido por el artículo 36 de la Ley Nº 26.618.
Art. 4° — Cumplido lo previsto en el artículo anterior, el oficial público interviniente deberá completar el acta de nacimiento, y la libreta de matrimonio correspondiente.
Art. 5° — En ningún caso podrán completarse inscripciones, en los términos del presente decreto, si el menor tuviere una filiación paterna inscripta con anterioridad.
Art. 6° — Dése cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
— FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo. — Nilda C. Garré. — Hernán G. Lorenzino. — Débora A. Giorgi. — Norberto G. Yauhar. — Julio M. De Vido. — Julio C. Alak. — Carlos A. Tomada. — Alicia M. Kirchner. — Juan L. Manzur. — Alberto E. Sileoni. — José L. S. Barañao. — Carlos E. Meyer.
Boletín oficial:

La Presidenta Cristina Fernández de Kirchner reconoció la igualdad de derechos para hijas e hijos de parejas de mujeres nacidos antes del Matrimonio Igualitario

Se entregaron, además, los primeros DNI con la firma de dos madres o padres

La presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner igualó en derechos, a través de la firma de un decreto de necesidad y urgencia, a las niñas y niños de parejas de mujeres nacidos antes de la sanción de la ley de matrimonio igualitario. Además, entregó los primeros D.N.I “cero año”, de recién nacidos, con la inclusión de sus dos madres o dos padres.
La medida fue solicitada por Lesmadres y 100% Diversidad y Derechos e impulsada por el Ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo. Está fundada en “estrictas razones de igualdad ante la ley” y en la “urgencia de evitar las excesivas demoras que padecen muchísimos niños, niñas y adolescentes para acceder a su completa inscripción, con todos los perjuicios que tal circunstancia les acarrea y la restricción al ejercicio de sus derechos constitucionalmente protegidos”, según expresan los considerandos de la nueva normativa.

Actualmente, los hijos matrimoniales de dos mujeres son legalmente reconocidos por ambas, sin embargo, no sucedía lo mismo con aquellos niños que nacieron antes de la Ley 26.618. Este decreto permitirá que cientos de ellos accedan a todas las previsiones sociales y garantizará la continuidad del vínculo en caso de separación o muerte de una de ellas. También permitirá la circulación y la toma conjunta de decisiones médicas y educativas, derechos hereditarios y licencias por enfermedad de los hijos, entre otros. Y reconoce legalmente el vínculo con sus familias extendidas: abuelas y abuelos, tíos, tías, primos, etc.

El DNU establece un año de plazo “para completar la inscripción del nacimiento de niños menores de DIECIOCHO (18) años de edad de matrimonios conformados por DOS (2) mujeres y nacidos con anterioridad a la sanción de la Ley Nº 26.618” (Artículo 1). La misma se realizará mediante un trámite administrativo en las sedes de los Registros de Estado Civil y Capacidad de las Personas y, para efectivizar la inscripción, ambas cónyuges deberán manifestar pleno consentimiento.

Al respecto, Florencia Gemetro, activista de Lesmadres, afirmó: “Estamos inmensamente felices, es una medida histórica, muy esperada por todas nuestras familias. Esta iniciativa iguala los derechos de nuestros hijos al resto de los niños del país, beneficia a cientos de personas y restituye los derechos de los integrantes más pequeños de nuestras comunidades. Ellos y ellas también forman parte de las políticas de justicia social e igualdad y, como tales, son parte fundamental de la construcción de nuestra ciudadanía en el contexto de una Argentina cada vez más justa e igualitaria. De esta forma, la Argentina se sigue posicionando a la vanguardia de los Derechos Humanos en el mundo conquistando más derechos para todos y todas”.

Por su parte, Silvina Maddaleno, integrante de 100% Diversidad y Derechos, indicó que “la ley de matrimonio igualitario permitió, no sólo la posibilidad de casarse, si no que reformó numerosas disposiciones en materia de derecho de familia, que día a día vamos concretando con iniciativas como éstas que igualan los derechos de los niños cualquiera sea su conformación familiar”.

Martín Canevaro, Presidente de 100 % Diversidad y Derechos explicó que de manera complementaria “las organizaciones promovemos la incorporación en el Capítulo de Filiación del proyecto de Reforma Integral del Código Civil y Comercial una disposición que permita reconocer a los niños concebidos con anterioridad a la normativa mediante técnicas de reproducción asistida como hijos de la pareja que prestó su consentimiento, independientemente de su estado civil”.

Finalmente, Florencia Gemetro, integrante de Lesmadres destacó: “Todas estas iniciativas se enmarcan en la aplicación de instrumentos nacionales e internacionales de Derechos Humanos para la protección de la infancia entre los que se encuentran la Constitución Nacional, la Ley de Matrimonio Igualitario y la Convención Internacional de los Derechos del Niño, entre otros. Estas normativas garantizan la no discriminación de niños y niñas, el derecho a una inscripción inmediata y el resguardo de su identidad y de sus relaciones familiares”.
 
 
Desde Lesmadres y 100% Diversidad y Derechos celebramos esta medida del Gobierno Nacional que sigue dando respuestas largamente esperadas por nuestra comunidad. El DNU soluciona de manera urgente la situación de alta vulnerabilidad de nuestros niños y niñas. Confiamos en que esta iniciativa, junto con la aprobación del Proyecto Integral de Reforma del Código Civil y Comercial conseguirá que en breve todos nuestros niños y todas nuestras familias tengan la totalidad de sus derechos garantizados.

Invitamos a todas las familias a inscribirse en el Registro Nacional de Familias LGTB con hijos e hijas, ingresando a:http://www.reconocimientoigualitario.blogspot.com.ar para garantizar que este DNU llegue a todos nuestros hijos e hijas.